RD 53/2013. USO DE ANIMALES EN ESTUDIOS EXPERIMENTALES, ESTUDIOS CON FINALIDADES CIENTÍFICAS, EDUCACIÓN Y DOCENCIA
El RD 53/2013 se justifica en base a:
“Cuando su uso esté justificado por la finalidad que se persigue, valorando su oportunidad en términos de sus beneficios potenciales”.
Promoción e implementación del principio de las Tres Erres (3R), es decir el reemplazo, la reducción y el refinamiento de los procedimientos, fomentando el uso de métodos alternativos a la experimentación con animales vivos.
Objetivos
- Garantizar el bienestar de los animales.
- Fijar condiciones específicas para la utilización de determinados tipos de animales.
- Marcar como objetivo último el total reemplazo de los animales en los procedimientos.
Entre otros aspectos regulados:
- Condiciones mínimas de alojamiento y cuidados de los animales.
- Requisitos mínimos exigidos a los criadores, suministradores y usuarios de los animales de experimentación.
- Normas que seguir en los proyectos y procedimientos.
- Requisitos de control de los proyectos y procedimientos.
- Criterios básicos de la capacitación del personal.
Ámbito de aplicación
Por lo que respecta al ámbito de aplicación:
“Cuando se utilicen o se tenga previsto utilizar animales en procedimientos o cuando se críen animales específicamente para que sus órganos o tejidos puedan utilizarse con fines científicos”.
El RD se aplicará a estos animales hasta que les haya sido aplicada la eutanasia o hayan sido realojados o reintegrados a un hábitat o sistema zootécnico equivalente.
Proyecto
Procedimiento/s
Solicitante
- Persona solicitante
- Centro usuario
Responsable
Persona física
Animales
- Tipos
- Origen
Personal
Capacitación
Lugar
Centros usuarios