RD 53/2013. USO DE ANIMALES EN ESTUDIOS EXPERIMENTALES, ESTUDIOS CON FINALIDADES CIENTÍFICAS, EDUCACIÓN Y DOCENCIA


El RD 53/2013 se justifica en base a:

“Cuando su uso esté justificado por la finalidad que se persigue, valorando su oportunidad en términos de sus beneficios potenciales”.

Promoción e implementación del principio de las Tres Erres (3R), es decir el reemplazo, la reducción y el refinamiento de los procedimientos, fomentando el uso de métodos alternativos a la experimentación con animales vivos.

Objetivos

  • Garantizar el bienestar de los animales.
  • Fijar condiciones específicas para la utilización de determinados tipos de animales.
  • Marcar como objetivo último el total reemplazo de los animales en los procedimientos.

Entre otros aspectos regulados:

  • Condiciones mínimas de alojamiento y cuidados de los animales.
  • Requisitos mínimos exigidos a los criadores, suministradores y usuarios de los animales de experimentación.
  • Normas que seguir en los proyectos y procedimientos.
  • Requisitos de control de los proyectos y procedimientos.
  • Criterios básicos de la capacitación del personal.
Ámbito de aplicación

Por lo que respecta al ámbito de aplicación:

“Cuando se utilicen o se tenga previsto utilizar animales en procedimientos o cuando se críen animales específicamente para que sus órganos o tejidos puedan utilizarse con fines científicos”.

El RD se aplicará a estos animales hasta que les haya sido aplicada la eutanasia o hayan sido realojados o reintegrados a un hábitat o sistema zootécnico equivalente.

Proyecto

Procedimiento/s

Solicitante

  • Persona solicitante
  • Centro usuario

Responsable

Persona física

Animales

  • Tipos
  • Origen

Personal

Capacitación

Lugar

Centros usuarios